|
|
|
|
|
Subvenciones vigentes de la Junta de Castilla y León dirigidas al tejido empresarial
|
|
|
|
|
|
AL SECTOR DE LA HOSTELERÍA PARA
|
|
El mantenimiento del empleo para empresas que hayan estado en erte para la financiación coste 0 de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
|
|
Contribuir en la financiación del coste de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada y no exonerada, por empresas que hayan estado en expedientes de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o por fuerza mayor.
|
|
Las empresas: personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes que:
- Realicen una actividad encuadrada en la hostelería.
- Hayan estado o estén en expediente de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o por fuerza mayor.
- Tengan menos de 100 trabajadores.
- Estén ubicadas en Castilla y León.
|
|
Importe de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de octubre de 2020, y hasta un máximo de 3.500 euros.
|
|
Hasta el 26 de enero de 2021.
|
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
AL RESTO DE SECTORES SALVO LA HOSTELERÍA PARA
|
|
El mantenimiento del empleo para empresas que hayan estado en erte para la financiación coste 0 de la cuota empresarial a la seguridad social.
|
|
Contribuir en la financiación del coste de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada y no exonerada, por empresas que hayan estado expedientes de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o por fuerza mayor.
|
|
Las empresas: personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes, tengan o no ánimo de lucro, y que:
- Realicen una actividad distinta a la hostelería.
- Hayan estado o estén en expediente de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o por fuerza mayor.
- Tengan menos de 100 trabajadores.
- Estén ubicadas en Castilla y León.
|
|
Importe de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de octubre de 2020, y hasta un máximo de 3.500 euros.
|
|
Hasta el 26 de enero de 2021.
|
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
A TODAS LAS EMPRESAS DE MENOS DE 250 TRABAJADORES PARA LA ADQUISICIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN Y SEÑALIZACIÓN FRENTE A LA COVID-19
|
|
|
En régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas dirigidas a contribuir a los gastos derivados de las actividades de adquisición de sistemas de protección colectiva y de señalización, de los productos químicos de limpieza y desinfección, y para el mantenimiento y mejora del sistema de climatización, frente a la COVID-19.
|
|
Personas físicas o jurídicas, privadas, con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica lleven a cabo las acciones subvencionables y que:
- Tengan menos de 250 trabajadores.
- Cumplan las normas sobre prevención de riesgos laborales.
- Estén ubicadas y realicen la actividad subvencionable en Castilla y León.
|
|
Será del 80 % respecto del gasto subvencionable, no pudiendo en ningún caso superar los 2.000 euros por beneficiario.
|
|
Hasta el 26 de enero de 2021.
|
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL PARA EL FOMENTO DE LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR
|
|
|
Convocar para el año 2020, en régimen de concesión directa, las subvenciones, dirigidas a fomentar la contratación temporal para facilitar la consolidación del trabajo autónomo y la conciliación de la vida laboral y familiar, en los supuestos de atención domiciliaria de menores, personas dependientes o con discapacidad, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa del virus COVID 19, en la Comunidad de Castilla y León.
|
|
Personas físicas o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, que formalicen las contrataciones temporales, entre el 1 de septiembre de 2020 y 30 de junio de 2021, en centros de trabajo de Castilla y León, de personas desempleadas para sustituir a trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal por causa de su contagio o su aislamiento provocado por el virus COVID-19 o en la situación de atención domiciliaria de menores de edad hasta 12 años, personas dependientes o con discapacidad a su cargo, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa del virus COVID 19.
|
|
Por la formalización de cada contrato subvencionable será de 50 € por día en que el trabajador esté contratado.
|
|
- Si el periodo de contratación se produce entre el 1 de septiembre y el 27 de noviembre de 2020: Las solicitudes se presentarán HASTA EL 27 DE ENERO DE 2021.
- Si el periodo de contratación se produce a partir del 28 de noviembre de 2020: Las solicitudes se presentarán en el plazo de 2 MESES DESDE LA FECHA DE CONTRATACIÓN Y COMO FECHA LÍMITE EL 30 DE JUNIO DE 2021.
|
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
A SECTORES DE FERIANTES Y PROMOTORES DE ORQUESTAS COMO EFECTO DE LA CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR LA COVID 19
|
|
|
Subvenciones, en régimen de concesión directa, para el apoyo del empleo autónomo de los trabajadores de los sectores de feriantes y promotores de orquestas en la Comunidad de Castilla y León que han atravesado situaciones desfavorables como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
|
|
Feriantes: Trabajadores que hayan estado dados de alta durante el ejercicio 2019 en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en algunos de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas.
Promotores de Orquesta: Los trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por cuenta propia o autónomos y que se dediquen a la actividad de promoción de orquestas populares.
|
|
El importe de las cuotas por contingencias comunes y profesionales abonados por los trabajadores autónomos BENEFICIARIOS durante el año 2019 hasta un máximo de 6 meses.
|
|
Hasta el 31 de marzo de 2021
|
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subvenciones, en régimen de concesión directa, destinadas a paliar la situación de pérdida económica sufrida por el sector turístico de Castilla y León derivada de la crisis ocasionada por la COVID-19.
|
|
Empresas turísticas con domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León, ya sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que a fecha 25 de octubre de 2020, figuren inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León, como:
- Titulares de establecimientos de alojamiento turístico.
- Titulares de establecimientos de restauración.
- Titulares de actividades de turismo activo.
- Titulares de agencia de viajes.
- Guías de turismo de Castilla y León.
|
|
- Personas trabajadoras autónomas en las que concurran la doble circunstancia de no tener contratados trabajadores por cuenta ajena ni local físico de atención directa al público: 1.000 euros.
- Entre 1 y 3 personas trabajadoras: 2.000 euros.
- Entre 4 y 8 personas trabajadoras: 3.000 euros.
- Más de 8 personas trabajadoras: 4.000 euros.
|
|
Hasta el 20 de febrero de 2021.
|
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
|
Electrónico. Próximamente disponible en sede electrónica de la Junta de Castilla y León.
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/sede-electronica.html
|
|
|
|
|
|
Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y su Consejo.
Puede consultar nuestra política de privacidad aquí.
|
|
|
|
|
|