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Ayudas - Autónomos

Objeto

Subvenciones para el año 2026 destinadas al fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad de Castilla y León mediante el pago de las cuotas de la Seguridad Social, con especial atención a la reincorporación de la mujer y de sectores con especiales dificultades de acceso al empleo.

Beneficiarios

a) Personas autónomas que hayan disfrutado de las reducciones por inicio de actividad del artículo 38 ter.1 de la Ley 20/2007 y cuyo alta se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. b) Trabajadoras autónomas que cesaron su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, que la reanuden dentro de los dos años siguientes habiendo disfrutado de la bonificación del artículo 38 bis de la Ley 20/2007 y cuyo nuevo alta se sitúe entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. c) Personas autónomas menores de 35 años, con discapacidad igual o superior al 33% o en riesgo o situación de exclusión social según el Decreto 34/2007, que no puedan acceder a los beneficios de las letras a) y b) y cuyo alta se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Cuantía

El importe no podrá superar el coste de la actividad subvencionada y, en ningún caso, la cuantía podrá ser superior a 3.000 €.

Plazo de presentación

Hasta el 3 de septiembre de 2026.

Forma de presentación

Telemática.

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181077932/Ayuda012/1285613925450/Propuesta

Objeto

Subvenciones para el año 2026 destinadas al fomento del relevo en la actividad por cuenta propia en Castilla y León, con especial atención al impulsado por mujeres autónomas (RELEVACYL autoempleo).En régimen de concesión directa.

Beneficiarios

Personas trabajadoras autónomas que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional y cumplan con los criterios establecidos según convocatoria. Solo se podrá obtener la condición de beneficiario en una convocatoria.

Cuantía

La cuantía de la subvención a percibir por persona beneficiaria será de 10.000 €. Esta cuantía se podrá incrementar cuando se den las siguientes circunstancias: ■ En 4.000 € si el negocio está ubicado en un municipio de hasta 1.000 habitantes, o bien en 2.000 euros si el negocio está ubicado en un municipio de 1.001 hasta 5.000 habitantes. ■ En 4.000 € si la persona beneficiaria es mujer. ■ En 2.000 euros si la persona beneficiaria es menor de 35 años. En todo caso, la cuantía máxima a conceder será de 20.000 €.

Plazo de presentación

Hasta el 15 de octubre de 2026.

Forma de presentación

Telemática.

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181077932/Ayuda012/1285594048308/Propuesta